DOI 10.35381/cm.v11i3.1980

 

Abuso de la pesca incidental en el Ecuador

 

Incidental fishing abuse in Ecuador

 

Lina Marcela Rosero-Guacales

dt.linamrg30@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán, Carchi

Ecuador

https://orcid.org/0009-0006-9459-324X

 

 

Jessica Johanna Santander-Moreno

ut.jessicasantander@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán, Carchi

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-5793-171X

 

 

Recibido: 25 de junio 2025

Revisado: 30 de julio 2025

Aprobado: 15 de septiembre 2025

Publicado: 01 de octubre 2025

 

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar el abuso de la pesca incidental en el Ecuador. La modalidad aplicada en el estudio fue cualitativa. Se apoyó en la técnica de recolección de datos documental, manejando la recolección y análisis de una tipología documental-bibliográfica mediante la cual se procede a revisar las leyes, boletines oficiales y artículos científicos. Se aplicó la técnica de la entrevista, lo que permitió obtener información actual sobre los efectos de la pesca incidental en el Ecuador. Se concluye que, establecer un índice de permisibilidad se presenta como una solución fundamental para abordar la pesca incidental de manera efectiva. Al limitar la cantidad de especies protegidas que pueden ser capturadas incidentalmente, se puede reducir significativamente el riesgo de sobrepesca y el agotamiento de poblaciones vulnerables.

 

Descriptores: Recursos pesqueros; conservación ambiental; derecho a la calidad ambiental. (Tesauro UNESCO)

 

 

 

ABSTRACT

The overall objective of the research was to analyze the abuse of bycatch in Ecuador. The study was qualitative in nature. It relied on documentary data collection techniques, involving the collection and analysis of a documentary-bibliographic typology through which laws, official gazettes, and scientific articles were reviewed. Interviews were conducted to obtain current information on the effects of bycatch in Ecuador. It was concluded that establishing a permissibility index is a fundamental solution for effectively addressing bycatch. By limiting the number of protected species that can be caught incidentally, the risk of overfishing and depletion of vulnerable populations can be significantly reduced.

 

Descriptors: Fisheries resources; environmental conservation; right to environmental quality. (UNESCO Thesaurus)

 

 

 


INTRODUCCIÓN

El término "pesca incidental" se refiere a la captura no intencional de especies no objetivo durante la pesca dirigida a una especie específica. Aunque inicialmente concebida como una figura jurídica que exime de sanciones a los pescadores que, de manera accidental, capturan especímenes protegidos o en peligro de extinción.

En 2020 un equipo periodístico realizó una investigación en Ecuador, Perú y Chile, y dedujo que “los últimos cinco años, las capturas se han disparado en estos países”. Específicamente en Ecuador se descubrió que existe un incremento del 60% en cuanto a la pesca incidental en la flota pesquera de atún, siendo la principal especie incidentalmente capturada el tiburón sedoso, una especie considerada como vulnerable según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (Carrere, 2020). El Ecuador, como país megadiverso y con una extensa línea costera bañada por el Océano Pacífico, alberga una rica diversidad de especies marinas. Sin embargo, el abuso de la pesca incidental ha desencadenado serias consecuencias que amenazan la sostenibilidad y la integridad de estos frágiles ecosistemas marinos.

Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (en adelante FAO), "la captura no intencional de especies marinas, peces u otras formas de vida marina, aparte de la especie objetivo, que ocurre durante la pesca dirigida" se denomina pesca incidental (1996).

Según el boletín No 228 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica del Ecuador (en adelante MAATE): Las tortugas marinas cumplen funciones ecológicas importantes; trasladan nutrientes, remueven la arena de las playas, se alimenta de esponjas y de medusas, con lo que mantiene el control de las poblaciones. (Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, 2021).

En este orden, la industria pesquera es un pilar económico crucial para Ecuador, generando exportaciones valoradas en 1.500 millones de dólares y posicionándose como una de las principales fuentes de ingreso del país. No obstante, esta relevante actividad económica tiene consecuencias negativas sobre especies marinas en peligro de extinción. Por ejemplo, durante la captura de atún, es frecuente la captura incidental de otras especies que queden atrapadas en las redes de las embarcaciones pesqueras (Manrique, 2020).

De acuerdo con la Lista Roja de Especies Amenazadas, se llevó a cabo una evaluación del estado del tiburón sedoso en 2017, y posteriormente, en el año 2021, se incluyó en la categoría de especies vulnerables. En este proceso de categorización se consideran diversos factores, entre ellos, la constante disminución de la población de tiburones sedosos debido a la reducción sostenida de individuos maduros. Alarmantemente las cifras de captura registradas del tiburón sedoso son alrededor de cuatro veces mayores en la región al norte del Ecuador, con un rango de 30,000 a 45,000 individuos capturados anualmente, en comparación con la región del sur, donde se capturan alrededor de 10,000 individuos al año. Estos datos se fundamentan en información proporcionada por observadores, por lo que es posible que las cifras reales sean considerablemente más elevadas (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, 2021). Hay que tomar en consideración que catalogar a una especie como amenazada, requiere de un proceso que no se toma a la ligera, sino que se basa en datos reales y comprobados de la situación que atraviesa determinada especie.

Esta es solo una de las tantas razones por las que, en octubre de 2019, la Unión Europea emitió una tarjeta amarilla hacia Ecuador, una situación que sigue estando vigente. Esta tarjeta implica una advertencia que insta a Ecuador a abordar y mejorar ciertas insuficiencias en su sector pesquero. Caso contrario, existe la posibilidad de que Ecuador reciba una tarjeta roja, lo que conllevaría la prohibición de exportar productos pesqueros ecuatorianos al mercado europeo (Banchón, 2023).

Según el Guerrero, quien es director del Programa Marino del Fondo Mundial para la Naturaleza en Ecuador (World Wildlife Fund (WWF)), las razones por las que se le emitió esta tarjeta amarilla es que Ecuador poseía un conjunto de leyes desactualizadas que no se adecuan a las normativas internacionales y regionales relacionadas con la conservación y el adecuado manejo de los recursos pesqueros y a las deficiencias en la supervisión de la pesca, especialmente en la pesca del atún y en las empresas que procesan estos productos. Estas deficiencias debilitan la confiabilidad del sistema que se utiliza para determinar la procedencia de las capturas, sobre la cual se fundamenta la certificación de que las mismas se han realizado de manera legal (Guerrero, 2019).

Sobre la tarjeta amarilla Korntheuer (2023) dice que, esto muestra los problemas que el país tiene con la pesca ilegal, peor con la flota china gigante que para un país pequeño como Ecuador es más difícil de controlar. La pesca ilegal implica la captura de especies sin cumplir con las regulaciones y normativas establecidas, lo que puede tener efectos perjudiciales para los ecosistemas marinos y la sostenibilidad de las pesquerías.

En febrero del 2020, el deseo de salir de la tarjeta amarilla fue una de las motivaciones que llevaron a la creación y aprobación de Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, más conocida como la Ley de Pesca, que actualmente se encuentra en vigencia, y en donde se define a la pesca incidental como “las especies y fauna marina que son capturadas junto a la pesca dirigida u objetivo”. El mismo cuerpo legal define a la pesca objetivo como: “aquellos recursos hidrobiológicos hacia los cuales se orienta el esfuerzo pesquero de una embarcación”. Toda especie capturada, que sea distinta la especie objetivo, se considera pesca incidental. En esta normativa se contempla la figura de la pesca incidental como una excepción que permite a los pescadores evitar sanciones cuando, de manera accidental, capturan especímenes protegidos o en peligro de extinción durante sus actividades pesqueras (Asamblea Nacional del Ecuador, 2020).

Este índice de permisibilidad debía definirse en el Reglamento de la Ley de Pesca, hasta seis meses posteriores de aprobada la Ley, sin embargo, el Reglamento fue emitido dieciocho meses después. Y a pesar de que la Constitución ecuatoriana en el Art. 73, establece que: “EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales” (Asamblea Constituyente, 2008). El ente rector que es el Ministerio de Producción expidió el Reglamento de La Ley de Pesca, y en todo este cuerpo legal no se establecen los límites o porcentajes permitidos para la pesca incidental, es decir que no existe la regulación normativa adecuada (Ministerio de Producción, 2022).

 

Se plantea como objetivo general de la investigación analizar el abuso de la pesca incidental en el Ecuador.

 

MÉTODO

La modalidad aplicada en el estudio es cualitativa. Según Molina (2019), el diseño cualitativo permite comprender fenómenos sociales y las personas implicadas en este, situación que se ha pretendido con el desarrollo de esta investigación. Apoyándose en la técnica de recolección de datos documental, manejando la recolección y análisis de una tipología documental-bibliográfica (Hernández Sampieri et al., 2014), mediante la cual se procede a revisar las leyes, boletines oficiales y artículos científicos. Se aplica la técnica de la entrevista, realizada a: Ing. Gerardo Canacuán, director del Ministerio Ambiente en Carchi y a la Abg. Jaylinne Daniela Velasco Castro, quienes son profesionales especializados en el área ambiental. Lo que permite obtener información actual sobre los efectos de la pesca incidental en el Ecuador. El instrumento que se utiliza fue la guía de entrevista.

 

RESULTADOS

A continuación, se presentan los resultados logrados con las entrevistas formuladas.

 

Tabla 1.

Entrevista la Abg. Jaylinne Daniela Velasco Castro.

 

ENTREVISTADO

Jaylinne Daniela Velasco Castro

Profesión: Abogada en Derecho Ambiental

Institución que labora:

GREN LAW

Ocupación: Abogada

 

PRIMERA PREGUNTA

¿Cuál es su opinión sobre la normativa vigente en Ecuador relacionada con la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

La Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuacultura y Pesca misma que fue aprobada en 2020 tiene una falencia y es la falta de normativa técnica o reglamento que controle la pesca incidental, poniendo en riesgo las especies protegidas.

SEGUNDA PREGUNTA

¿Cuáles considera que son las principales consecuencias jurídicas del abuso de la pesca incidental en Ecuador?

 

INTERPRETACIÓN

Las principales consecuencias es que exista una alteración de la cadena atrófica y la sustracción de especies que cumplen funciones ecosistémicas, además la pérdida económica que representa para el país.

TERCERA PREGUNTA

¿Cómo afecta el abuso de la pesca incidental a las especies?

INTERPRETACIÓN

La pesca incidental es una de las amenazas ambientales más preocupantes ya que pone en peligro el equilibrio natural del océano y su productividad, acabando con especies marinas que no son objetivo de la actividad.

CUARTA PREGUNTA

¿Qué aspectos considera que deben ser reforzados o modificados para mejorar la protección de especies en el contexto de la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

Los principales aspectos por considerar en mi criterio lo baso en tres ejes que son el control marino, aplicación correcta de la normativa y fortalecer la Gestión Ambiental Costera.

QUINTA PREGUNTA

¿Basado en su experiencia y conocimiento, ¿qué recomendaciones propondría para abordar el problema del abuso de la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

La creación de un sistema que permita identificar la especie y por otro en la parte normativa la creación de un reglamento que permita controlar la pesca incidental.

SEXTA PREGUNTA

¿Considera que es necesario establecer límites o porcentajes permitidos para la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

Es suma importancia que se establezca un límite para de esta manera poder ejercer un control sobre la pesca incidental, puesto que en la normativa vigente solo se estipula el índice de permisibilidad, pero no establece un límite claro, es por eso la importancia de la creación de un reglamento que regule estos porcentajes vigente solo se estipula el índice de permisibilidad, pero no establece un límite claro, es por eso la importancia de la creación de un reglamento que regule estos porcentajes.

12

Elaboración: Los autores.

 

Tabla 2

Entrevista a Gerardo Canacuán-director del Ministerio Ambiente Carchi

 

ENTREVISTADO

Gerardo Canacuán

Profesión: Ingeniero Ambiental

Institución que labora:

Ministerio del Ambiente de la Provincia del Carchi

Ocupación: Director

PRIMERA PREGUNTA

¿Cuál es su opinión sobre la normativa vigente en Ecuador relacionada con la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

Existen falencias legalmente hablando, no hay una regulación clara de la pesca incidental ni en la norma ni en el reglamento.

 

Segunda Pregunta

 

¿Cuáles considera que son las principales consecuencias jurídicas del abuso de la pesca incidental en Ecuador?

 

INTERPRETACIÓN

Al no haber una norma clara que sancione el abuso de la pesca incidental, actualmente se comercializa especies en peligro de extinción de manera indiscriminada.

TERCERA PREGUNTA

¿Cómo afecta el abuso de la pesca incidental a las especies?

INTERPRETACIÓN

La pesca incidental no solo afecta a las especies protegidas, puesto que, si se extingue una especie, no solo se pierde la especie, sino que afecta de manera indirecta a otras especies que se alimentaban de ella o al crecimiento indiscriminado de especies que servían de alimento para la especie extinta.

 

CUARTA PREGUNTA

¿Qué aspectos considera que deben ser reforzados o modificados para mejorar la protección de especies en el contexto de la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

Debe reformarse urgentemente la Ley de pesca y al mismo tiempo su Reglamento, caso contrario puede haber una ley realmente positiva y fuerte, pero sin un reglamento efectivo no sirve de nada.

 

QUINTA PREGUNTA

¿Basado en su experiencia y conocimiento, ¿qué recomendaciones propondría para abordar el problema del abuso de la pesca incidental?

 

INTERPRETACIÓN

Para el control de la pesca incidental es necesaria la unión de todas las instituciones como: el Ministerio de Ambiente, el de Acuicultura y Pesca, Cámara de Comercio, y Policía de delitos ambientales.

SEXTA PREGUNTA

¿Considera que es necesario establecer límites o porcentajes permitidos para la pesca incidental?

INTERPRETACIÓN

Es necesario establecer un límite puesto que si no vamos a terminar con las especies que se encuentran en el Libro Rojo. Es posible que exista un desbalance en el ecosistema marino como un crecimiento de especies invasoras o la desaparición de especies que dependen de las especies que posiblemente se extingan.

 

Elaboración: Los autores.

 

DISCUSIÓN

La actual Ley de Pesca permite la comercialización de especies protegidas que hayan sido capturas de manera no intencional pero no establece los límites de permisibilidad, sino que designa esta labor al Ministerio de Producción, quien debía establecerlo en el Reglamento de La Ley de Pesca, que fue expedido en el 2022.

El autor Manrique (2020), plantea que, desde la implementación de la figura legal de la pesca incidental en Ecuador hasta la fecha actual, las capturas de tiburones sedosos, que se presumen como incidentales, han continuado en aumento. Este criterio es respaldado por la investigación realizada por Carrere (2020), quien señala que en Ecuador se ha registrado un incremento del 60% en la pesca incidental en la flota pesquera de atún, siendo el tiburón sedoso, una especie clasificada como vulnerable, la principal especie capturada de manera accidental. Mientras que para la Abg. Velasco el Reglamento de la Ley de Pesca carece de regulaciones técnicas que supervisen la captura incidental, lo que representa una amenaza para las especies en protegidas.

Por lo tanto, con base a los resultados obtenidos en esta investigación y tomando en consideración lo sugerido por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, se recomienda una reforma al Reglamento de la Ley de Pesca, en donde se establezca un índice de permisibilidad de la pesca incidental, para prevenir el abuso de esta figura jurídica, proteger a las especies en peligro y cumplir con las obligaciones internacionales de conservación. Además, se recomienda mayor control en los puertos, para verificar si la pesca declarada coincide con la pesca real obtenida.

 

CONCLUSIONES

Establecer un índice de permisibilidad se presenta como una solución fundamental para abordar la pesca incidental de manera efectiva. Al limitar la cantidad de especies protegidas que pueden ser capturadas incidentalmente, se puede reducir significativamente el riesgo de sobrepesca y el agotamiento de poblaciones vulnerables. Este criterio respaldado por la actual investigación debería ser considerada seriamente en futuras reformas de la legislación ecuatoriana.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, en el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/sia

 

Asamblea Nacional del Ecuador. (2020). Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca. Suplemento – Registro Oficial Nº 187. https://n9.cl/ulhxm

 

Banchón, M. (24 de febrero de 2023). Atún para la UE: Ecuador se esfuerza por seguir exportando. https://n9.cl/ulhxm

 

Carrere, M. (18 de mayo de 2020). Pesca incidental: el enemigo oculto de los mares. La Barra Espaciadora. https://n9.cl/2p0tx

 

Guerrero, P. (5 de noviembre de 2019). La UE le saca tarjeta amarilla al Ecuador. ¿Podemos trabajar juntos y mirar esto como una oportunidad? Programa Marino del Fondo Mundial para la Naturaleza en Ecuador (WWF- ECUADOR). https://n9.cl/kprfl

 

Hernández, R., Fernández, C., y Baptista, M. (2014). Metodología de la Investigación. (Quinta Edición ed.). México: McGraw-Hill.

 

Korntheuer, R. (27 de mayo de 2023). Pesca ilegal en Galápagos. Ecuador Galápagos Info. https://n9.cl/h2dad

 

Loaiza, Y. (febrero de 2022). En Ecuador se dispararon las exportaciones de aletas de tiburones protegidos en 2021. infobae. https://n9.cl/tiddc

 

Manrique, A. (19 de mayo de 2020). La pesca incidental disparó la muerte de tiburones en Ecuador. MONGABAY Periodismo Ambiental Independiente en Latinoamérica. https://n9.cl/3rwnih

 

Ministerio de Producción. (11 de marzo de 2022). Reglamento General a la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca. https://n9.cl/9ndj7

 

Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. (2021). Boletín N° 228. Las tortugas marinas, especies claves para mantener la vida de los ecosistemas. Ecuador. https://n9.cl/3sn6h

 

 

Molina, M. (2020). Hay otros mundos, pero están en este. Investigación cualitativa. Revista Electrónica AnestesiaR, 11(6),2. https://doi.org/10.30445/rear.v11i6.780

 

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. (1996). Informe de Pesca FAO No. 547. https://n9.cl/q1nxl7

 

Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. (2021). Lista Roja de Especies Amenazadas. Tiburón sedoso (Carcharhinus falciformis). https://n9.cl/n52po

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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